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Cuando
el Cóndor Pasa
En el 2003 el Instituto Nacional de Cultura ha emitido la Resolución Directoral Nacional Nº
219/INC, la misma que fue publicada en el Diario Oficial "El Peruano", en la que
declara como Patrimonio Cultural al Tema peruano de Daniel Alomía Robles "El Cóndor Pasa".
Texto por: Iván Reyna Ramos
El acontecimiento se origina en el Proyecto de Ley Nº
7892/2003-CR, presentando por el Congresista Ernesto Aníbal Aranda
Dextre, derivado luego a la Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología, Cultura y Patrimonio Cultural del Congreso de la República, la cual, a su vez, derivó a la Institución que emitió la referida resolución.
"Debemos recordar a la ciudadanía -dijo el Autor de la iniciativa legislativa- que un bien declarado patrimonio cultural, según el Articulo 20º de la Constitución Política, está protegido por el Estado y la ley garantiza la propiedad de dicho patrimonio.
En tal sentido, -agregó- las autoridades competentes del Departamento de
Huánuco, deben promover y ejecutar acciones destinadas a la recuperación, protección y promoción de la obra completa del insigne músico huanuqueño que logró poner en alto el nombre del Perú en el mundo entero".
Indicó, asimismo, que "la obra inmensa de don Daniel Alomía Robles está basada sobre recopilaciones de canciones y melodías recogidas en todo el Perú. Es una obra que hace bullir en nuestro interior la fuerza telúrica que surge de nuestro suelo; tierra bravía donde moran cóndores y águilas. Refleja -a pesar de lo que digan los pesimistas y decepcionados de la vida- el espíritu nacional, luchador, estoico, tenaz y persistente, para soportar penalidades, privaciones y lograr su objetivo".
Dijo también que "La base del éxito de su música fue su capacidad para traducir con un sentido de modernidad la música autóctona y darle la fuerza, el sentimiento y la autenticidad que animan a nuestro pueblo". El Congresista, muy complacido por la Resolución, concluyó diciendo: "Es, pues, necesario proteger la autenticidad de la creación artística de los peruanos en general y en el presente caso es necesario proteger la autenticidad, originalidad e integridad de la creación musical del egregio músico, don Daniel Alomía Robles".
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