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Ambiente

Suspenden exclusión de tres lomas de la lista de ecosistemas frágiles

El Serfor conformó grupo de trabajo con la sociedad civil para optimizar su protección y conservación de lomas situadas en Lima.

Los días 23 y 30 de marzo, a través de la Resolución n.º 00079-2023 y n.° 000088-2023 MIDAGRI-SERFOR-DE, se excluyó de la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles a las lomas de Carabayllo, Amancaes y Villa María, dejando desprotegidas miles de hectáreas que dependen de esta categoría para no ser destruidas por invasiones, minería informal y tráfico de terrenos.

Ante ello, las organizaciones de defensa de los ecosistemas frágiles, tales como la Red Lomas del Perú y la sociedad civil, exigieron que la decisión se revierta de inmediato, pues, si bien dichos ecosistemas se encuentran protegidos mediante el Decreto Supremo Área de Conservación Regional (ACR) Sistema de Lomas de Lima, el cual contribuye a su conservación, este tipo de norma no contempla la categorización de ecosistemas frágiles al total de hectáreas de las lomas mencionadas.

El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) informó que emitirá una resolución suspendiendo la exclusión de la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles a estas lomas.

Serfor anunció esta medida – que suspende los efectos de las Resoluciones Directorales D000079-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE y D000088-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE – mientras se concretan las acciones de un grupo de trabajo que conformó con la sociedad civil, considerando nuevos elementos a evaluar.

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El mencionado grupo de trabajo deberá proponer, en un periodo máximo de 90 días hábiles, las acciones y medidas más adecuadas para optimizar la protección y conservación de estos tres ecosistemas frágiles.

La exclusión de las mencionadas lomas costeras se realizó en cumplimiento de la RDE N° 287-2018-MINAGRI-SERFOR-DE, que establece la actualización de la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles en caso de que se establezcan o reconozcan áreas naturales protegidas de administración nacional, como son las Áreas de Conservación Regional (ACR).

Tras el establecimiento del ACR Sistema de Lomas de Lima, mediante el Decreto Supremo N° 011-2019-MINAM, y el reconocimiento de los derechos preexistentes para actividades como la minería y la ocupación humana, quedaron áreas residuales fragmentadas de la mencionada loma.

En ese sentido, para que un ecosistema esté incluido en la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles debe tener áreas íntegras que contengan núcleos de biodiversidad, con presencia de especies amenazadas y provisión de servicios ecosistémicos entre ellos el agua.

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